Auto Supremo AS/0372/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0372/2019-RA

Fecha: 22-May-2019

En el tercer motivo, el recurrente señala que se incurrió en violación de su derecho


En el tercer motivo, el recurrente señala que se incurrió en violación de su derecho al debido proceso por falta de continuidad en el juicio oral, situación que hace a la vulneración del principio de continuidad y por tanto se constituye en defecto absoluto no susceptible de convalidación, al respecto hace referencia a la Sentencia Constitucional 1075/2003-R de 24 de julio; y señala que de las actas de registro de juicio se advierte la discontinuidad de la audiencia de juicio que incurrió en un indebido procesamiento y en vulneración de los arts. 329, 334, 335 y 336 del CPP, 16 y 17 de la LOJ; al respecto, señala que el Auto de Vista no tomó en cuenta que la Sentencia incurrió en vulneración de los arts. 334, 335 y 336 del CPP, con relación a este aspecto invoca como precedente contradictorio la parte pertinente de Auto de Vista 36/2006 emitido por la Sala Penal Segunda en el que se hubiera establecido que por excesivas suspensiones de la audiencia de juicio se vulnera el principio de continuidad; y en el caso concreto, en criterio del recurrente no resulta razonable que una audiencia de juicio demore aproximadamente casi 8 años; siendo que no existe justificativo alguno para que dicha audiencia dure tanto tiempo. Por lo que pide resolver el recurso de casación con base a los datos del acata de juicio oral porque al haberse demostrado la existencia de defectos absolutos se apeguen a los precedentes invocados