DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014

Fecha: 06-Nov-2014

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El proyecto de la Carta Orgánica Municipal, por principio se separación de órganos, no puede introducir la figura de la “censura”, sea individual o colectiva, como atribución del Concejo Municipal, cuando la Constitución dispone que es la Procuraduría General del Estado la institución que tiene como atribución promover, defender y precautelar los intereses del Estado. Este proyecto de la Carta Orgánica Municipal de Caripuyo debe enmarcarse en lo dispuesto por la Constitución Política del Estado respecto de las responsabilidades de los servidores públicos y dar funcionalidad de la unidad de transparencia que este proyecto crea por ley. Por lo tanto, el artículo en análisis es incompatible con la Constitución Política del Estado.

8. Promover el aprovechamiento de los recursos hídricos de los ríos, lagos y lagunas que conforman las cuencas hidrográficas, considerados recursos estratégicos por su potencialidad, por la variedad de recursos naturales que contienen y por ser parte fundamental de los ecosistemas, para el desarrollo y la soberanía boliviana”.