DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014

Fecha: 06-Nov-2014

Artículo 41.- Sesiones extraordinarias

Las sesiones extraordinarias podrán ser convocadas públicamente y por escrito por la Presidenta o Presidente del Concejo Municipal, a solicitud de las Concejalas o Concejales de una Comisión, Alcaldesa o Alcalde Municipal, central o subcentrales y representantes de instituciones, dentro las 24 horas, con orden del día específico a tratar en la misma.