DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014

Fecha: 06-Nov-2014

Ministerio de Autonomías

Consecuentemente, esta Ley, en su art. 8 (Entidad Competente) dispone que: “El Ministerio de Autonomías se constituye en la entidad competente de la otorgación y registro de la personalidad jurídica a las organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, cuyo ámbito de acción sea mayor a un departamento. Norma que puede ser utilizada de forma supletoria por los Gobiernos Autónomos Departamentales, en conformidad a lo dispuesto por el Art. 11 de la Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” (las negrillas nos corresponden).

Consecuentes con el mandato constitucional del art. 241.I de la CPE, que establece que: “El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas”, la Ley de Participación y Control Social en su art. 23 “Las entidades territoriales autónomas departamentales, regionales, municipales e indígena originario campesinas: