DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2014

Fecha: 12-Nov-2014

Artículo 146. POLÍTICAS DE ATENCIÓN Y TRATO PREFERENTE A FAVOR DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

Además  de las normas de trato preferente establecidas a favor de las Personas Adultas Mayores, el Gobierno Autónomo Municipal, normará a través de la Ley Municipal de las Personas Adultas Mayores los derechos preferentes de atención en los servicios municipales garantizando atención personalizada; priorización de los petitorios personales; guía en la tramitación efectuada; y respuesta escrita inmediata, salvo casos justificados que requieran informes técnicos, financieros, o legales, así como uso de transporte público, e infraestructura adecuada y otros beneficios destinados a las Personas Adultas Mayores.