DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2014

Fecha: 12-Nov-2014

Fragmento 84

En su parágrafo III, la disposición observada, estipula respecto a los funcionarios públicos: “deberán hablar de forma obligatoria al menos dos de  los tres idiomas oficiales del Municipio”, incurriendo en la misma contradicción de los parágrafos anteriores por tanto, es inconstitucional por contraria además del citado art. 5 la disposición Transitoria Décima de la CPE, estipula que dice: “El requisito de hablar al menos dos idiomas oficiales para el desempeño de funciones públicas determinado en el Artículo 234.7 será de aplicación progresiva de acuerdo a Ley”, en cuyo mérito no existen idiomas oficiales del Municipio, ni la obligatoriedad de hablar dos de ellos porque el funcionario público, debe hablar dos idiomas oficiales del Estado.