DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2014

Fecha: 12-Nov-2014

VII.

VII.    La ley observada, deberá ser remitida al Concejo Municipal, para derivarse a la Comisión correspondiente. La Comisión emitirá informe en el plazo de 5 días hábiles, fundamentando la aceptación o rechazo total o parcial de las observaciones planteadas y la pertinencia de su aceptación o rechazo, adjuntando en su caso, el nuevo proyecto de ley correspondiente.

VII.  El presupuesto a asignarse a desarrollo cultural, incluyendo montos asignados a la promoción y difusión del patrimonio cultural y natural,  deberá ser determinado en base al Plan Anual Cultural, el mismo que será elaborado utilizando la planificación participativa, priorizando las actividades culturales a implementarse.