DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Artículo 50.- DE LAS SANCIONES[142].

El concejo municipal podrá sancionar con descuento de haberes y/o suspensión de acuerdo al reglamento interno del concejo, a cualquiera de sus concejalas o concejales que incurra en tres faltas o inasistencia consecutivas a sesiones plenarias o de comisiones, o en caso de conducta inapropiada en el desempeño de sus funciones, inobservancia o infracción de la presente Carta Orgánica, leyes municipales, ordenanzas y resoluciones internas del concejo municipal.