DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Sobre el numeral 32

Por otra parte el art. 299.II.1 de la CPE, señala que es una competencia concurrente” Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y fauna silvestre manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental”. En este marco por mandato del art. 302.I.5 de la CPE los gobiernos autónomos municipales tienen la competencia exclusiva de: “Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos”, es decir, en lo que respecta a la fauna silvestre y los animales domésticos, corresponde a los gobiernos autónomos municipales, establecer mecanismos concretos de protección de las especies animales silvestres, por ejemplo prohibiendo su caza y comercialización ilegal, para esto, dichos gobiernos deben no sólo implantar mecanismos de protección de las poblaciones de las especies de la fauna silvestre, sino también debe implantar mecanismos para la protección de sus hábitats, así como de los elementos y fuerzas de la naturaleza que determinan la subsistencia de la fauna silvestre, de la misma forma con los animales domésticos.