DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Fragmento 99

El numeral 7 establece: “Ejecutar las decisiones del Concejo y, para este efecto, emitir y dictar Decretos Municipales”; y el numeral 30 señala: “Elaborar los manuales de organización, funciones, procedimientos y organigrama, para su aprobación por el Concejo”; en ambos casos, vulneran el principio de “…independencia, separación, coordinación y cooperación de (…) órganos” contenida en el art. 12.I de la CPE, puesto que, el alcalde o alcaldesa municipal no está sujeto a las decisiones del concejo municipal, lo que existe entre ambos órganos es “coordinación”, que en su caso podrían emerger recomendaciones o solicitudes expresas para el ejecutivo municipal en el marco de la facultad fiscalizadora del ente deliberante.