DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2015

Fecha: 05-Nov-2015

“Artículo 98.- REGULACION DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES[59].

Serán regulados los servicios públicos municipales mediante ley municipal por el concejo del municipio con el objeto de proveer un buen uso de los servicios públicos, buscando la convivencia pacífica y el bienestar de los habitantes del Gobierno Autónomo Municipal Waldo Ballivian – Tumarapi, este en el marco de sus competencias deberá velar y garantizar a los habitantes del municipio el acceso libre a los servicios públicos municipales. Los servicios de uso público ofertados por personas naturales o jurídicas, serán regulados mediante normas municipales”.