DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015

Fecha: 12-Mar-2015

5.

5. Promover, la producción, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales y materiales con equidad y justicia social para la diversidad de habitantes y estantes del Municipio con equidad de género, para sus poblaciones urbanas y rurales, todas sus generaciones, sus culturas, sus clases sociales, sus ideologías, sus capacidades, sus expresiones artísticas, sus prácticas religiosas, sus procedencias, sus orientaciones sexuales, sus identidades genéricas, sus áreas de productividad y otras), en un marco de uso racional y sostenible de sus recursos naturales.

5. No podrá participar, ni adjudicarse ningún contrato de bienes y servicios hasta un año después de haber dejado el cargo de Alcaldesa, el Alcalde, Concejalas, Concejales, Servidoras y Servidores Públicos, por si, ni por terceras personas, así como no podrá participar, ni adjudicarse la entidad o entidades de la que sea miembro;

5. Efectuar el registro del derecho propietario de los vehículos automotores legalmente importados, ensamblados o fabricados en el territorio nacional. El Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín remitirá al nivel central del Estado, la información necesaria en los medios y conforme a los parámetros técnicos determinados para el establecimiento de un registro centralizado, integrado y actualizado para todo el país.

5.  Realizar evaluaciones exhaustivas del riesgo, aplicando los criterios, parámetros y metodología común para clasificar los niveles de riesgo de desastre, monitorearlos, comunicarlos en el ámbito municipal y reportarlos hacia el Sistema Nacional de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y Emergencias (SISRADE).