DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015

Fecha: 12-Mar-2015

III.8.1.   Examen del Preámbulo

El Preámbulo del proyecto de COM de San Agustín, se refiere en su mayor parte a los aspectos históricos del citado Municipio; en ese marco, se entiende la mención de cantones y secciones que de acuerdo al art. 269 de la CPE, no forman parte de la organización territorial del Estado; en consecuencia, no deberían constituirse como criterios normativos orientadores de la norma institucional básica de San Agustín; sin embargo, y como se tiene dicho, al ser insertados en el Preámbulo de la presente norma institucional básica, como parte de una relación de antecedentes históricos del municipio de San Agustín, ello no contradice la Ley Fundamental. No ocurre lo mismo con la frase: “…y políticamente se encuentra dividida en 4 cantones…”, adjunta en el segundo párrafo del Preámbulo, en razón a que se aparta de la relación histórica e ingresa a establecer una división territorial a futuro del Municipio, organizando unidades territoriales que no se encuentran previstas en el art. 269 de la Norma Suprema; en consecuencia, la frase que se indica resulta incompatible.