DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015

Fecha: 12-Mar-2015

Es un derecho constitucional de carácter participativo y exigible

Por otra parte, la Ley de Participación y Control Social -Ley 341 de 5 de febrero de 2013-, emitida en cumplimiento a mandato constitucional (art. 241.IV de la CPE) establece en su art. 5.2 que el Control Social: “Es un derecho constitucional de carácter participativo y exigible, mediante el cual todo actor social supervisará y evaluará la ejecución de la Gestión Estatal, el manejo apropiado de los recursos económicos, materiales, humanos, naturales y la calidad de los servicios públicos y servicios básicos, para la autorregulación del orden social” (las negrillas son ilustrativas).