DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2015

Fecha: 12-Mar-2015

6.

Si bien la entidad autónoma municipal tiene competencia exclusiva para crear y administrar impuestos, sin embargo, debe realizarlo observando la regulación para la creación de impuestos, materia que por mandato constitucional es competencia compartida con el nivel central del Estado, en ese entendido, es la ley básica del nivel central del Estado la que desarrolla la regulación para la creación de impuestos de las entidades autónomas y éstas para crear un nuevo impuesto deben sujetarse al procedimiento regulado y desarrollado en la ley básica (Ley 154 de 14 de julio de 2011 -Ley de Clasificación y Definición de Impuestos y de Regulación Para la Creación y/o Modificación de Impuestos de Dominio de los Gobiernos Autónomos-).