DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2016

Fecha: 11-Abr-2016

Artículo 108. (EXPLOTACIÓN ILEGAL).

Artículo 108. (EXPLOTACIÓN ILEGAL). Realizar actividades de explotación de recursos minerales, sin contar con la autorización o derecho otorgado por la norma nacional, incurre en explotación ilegal y serán denunciados por el Gobierno Autónomo Municipal de Pelechuco para su regularización en la Autoridad Jurisdiccional de Administración Minera -AJAM.