DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2016

Fecha: 11-Abr-2016

compatibilidad

Por consiguiente, en el marco del análisis realizado, corresponde declarar la compatibilidad del uso del término sujeciónen relación a las leyes siempre que en su interpretación y aplicación se entienda que dicha sujeción no determina jerarquía alguna entre la Carta Orgánica y el resto de las leyes, sino que se establece en función al orden competencial (entre normas de diferentes sistemas jurídicos) y jerarquía (entre normas dentro de un mismo sistema jurídico), interpretación que alcanza también al art. 62.I.1 de la LMAD(las negrillas son nuestras). De acuerdo a los fundamentos desarrollados en la jurisprudencia citada, se entiende la compatibilidad del artículo en análisis respecto al tema desarrollado.