DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020

Fecha: 23-Sep-2020

art. 59

Respecto al art. 59, el fallo primigenio refirió que existe una confusión entre “dos institutos muy distintos, por un lado la participación y control social y por otro, las formas de ejercicio de la democracia directa y participativa, esta última prevista por el art. 11.II.1 de la CPE, entre los que precisamente se encuentra el “cabildo”, no pudiendo éste ser considerado como un “espacio” de participación y control social ofrecido por la ETA municipal”.