DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2020

Fecha: 23-Sep-2020

numeral 4,

Finalmente, en relación al numeral 4, el fallo primigenio refirió: “…de una revisión se tiene que el estatuyente ha incluido los términos “leyes” y “ordenanzas municipales”; por lo que, corresponde aplicar por conexidad los fundamentos de análisis desarrollados en el art. 71 del presente proyecto para el caso del término “leyes”, por lo que no corresponde que la ETA municipal legisle en materia de seguridad ciudadana y con relación a las “ordenanzas municipales”, considérese los fundamentos de análisis al art. 32 del presente proyecto”.

Ahora bien efectuada la correspondiente revisión del art. 72 reformulado, se advierte que en relación al párrafo introductorio, numerales 1 y 2, la ETA municipal, procedió a adecuar su contenido conforme a las exigencias desarrolladas en el fallo inicial, de modo que su contenido no afecta el ejercicio de la competencia concurrente atribuía al nivel central del Estado.