Sentencia C-291/07
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia C-291/07

Fecha: 25-Abr-2007

tercera parte

‘Hay toma de rehenes… cuando se reúnen simultáneamente los elementos siguientes: - se captura y se detiene a una persona ilícitamente; -se obliga, de forma explícita o implícita, a una tercera parte a hacer o a abstenerse de hacer algo, como condición para liberar al rehén, para no atentar contra la vida o la integridad física de éste’ (las negrillas son nuestras).[11] Obsérvese como esta definición señala que la exigencia puede formularse a una tercera parte, sin especificar su calidad.