Auto Supremo AS/0246/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2005

Fecha: 18-Ago-2005

7


7.- A fojas 172 (c2) la Sala Plena de la Corte Superior de Chuquisaca, mediante Auto de 12 de agosto de 1993, se declara SIN COMPTENCIA para el juzgamiento considerando que Enrique Azurduy Vacaflor, en su condición de Rector de la Universidad San Francisco Xavier, por disposición de la atribución 7 del artículo 127 de la Constitución Política del Estado y 9 del artículo 55 de la Ley de Organización Judicial, debe ser juzgado ante la Corte Suprema de Justicia, la misma que en Sala Plena en fecha 20 de agosto de 1993, dicta Auto Supremo de fojas 24.3­245 (c2) "declarando NO HABER LUGAR a la apertura del proceso penal con Caso de Corte mientras no exista requerimiento preciso del Fiscal General de la República, individualizando a los procesados y tipificando el delito, en ejercicio del artículo 46 incisos 1) y 2) del Código de Procedimiento Penal relacionado con el artículo 13 de la Ley del Ministerio Público, disponiendo la remisión de actuados al Fiscal General de la República para que expida su requerimiento"