Auto Supremo AS/0246/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2005

Fecha: 18-Ago-2005

CONSIDERANDO: que en fecha 18 de marzo de 1995, el Juez Instructor Primero en lo


CONSIDERANDO: que en fecha 18 de marzo de 1995, el Juez Instructor Primero en lo Penal, previo requerimiento fiscal de fojas 782 a 790, dispone se ORGANICE LA INSTRUCCIÓN PENAL contra Fran-cisco Javier Santiago Arana Bustillos, Armando Serrudo, Rodolfo Villarreal y René Fernández Araoz, como se acredita a fojas 857 (c7); en relación a Santiago Arana Bustillos por la supuesta comisión de los delitos de Asociación Delictuosa, Negociaciones Incompatibles con el Ejercicio de Funciones Públicas y Complicidad en el delito de Estafa (artículos 132, 150 y 23 con relación al artículo 335, todos del Código Penal); y en relación a Juan Daniel Armando Serrudo por la supuesta comisión de los delitos de Asociación Delictuosa y Complicidad en el delito de Estafa (artículos 132 y 23 con relación al artículo 335 del Código Penal); Rodolfo Villarreal Silva por la supuesta comisión de Estafa, Asociación delictuosa, Evasión de impuestos, Falsedad material, Falsedad ideológica y Uso de Instrumento Falsificado (artículos 335, 132, 231, 198, 199 y 203 del Código Penal); y contra Rene Fernández Aráoz por la supuesta comisión de los delitos de Estafa y Asociación Delictuosa (artículos 335 y 132 del Código Penal)