Auto Supremo AS/0246/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2005

Fecha: 18-Ago-2005

CONSIDERANDO: que admitidos los recursos de casación y remitidos que fueron los obrados a la


CONSIDERANDO: que admitidos los recursos de casación y remitidos que fueron los obrados a la Fiscalía General de la República a efectos de la prosecución del proceso, Francisco Javier Santiago Arana Bustillos, en fecha 4 de octubre de 2004, mediante memorial de fojas 10.041 a 10.043 (c-53), denunciando retardación de justicia, solicita la EXTINCION DE LA ACCION PENAL invocando la aplicación de la Sentencia Constitucional 0101/2004 de 14 de septiembre de 2004, que declara la inconstitucionalidad de la Ley 2683 de 12 de mayo del mismo año y la constitucionalidad de disposiciones contenidas en el último parágrafo del artículo 133 del Nuevo Código de Procedimiento Penal, como de la Disposición Transitoria Tercera del mismo Código; funda-mentando su solicitud en los artículos 116 y 33 Constitucional, concor-dante con el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal con relación a la Disposición Transitoria Tercera del mismo Código Adjetivo, artículo 27 inciso 8) y artículo 135 de la Ley 1970, artículo 15 y artículo 1°, Principios 12) y 13) de la Ley de Organización Judicial, solicitando se observen las resoluciones emitidas por el Tribunal Supremo contenidas en los Autos Supremos: N° 469 de 23 de Septiembre de 2003, N° 146 de 17 de Marzo de 2004 y N° 502 de 11 de Octubre de 2004