Auto Supremo AS/0246/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2005

Fecha: 18-Ago-2005

Que el otro recurrente, Rodolfo Villarreal Silva, expuso en su memorial ( fs


Que el otro recurrente, Rodolfo Villarreal Silva, expuso en su memorial ( fs. 10.004 y 10.009) que el auto de Vista que lo condenó incurrió en errónea valoración de las pruebas aportadas, pues dio valor legal a los informes de auditoria de la Contraloría General de la República de 8 de febrero de 1993 que hacen referencia a la existencia de un pago indebido por parte de FANCESA a la consultora CAC, sin tomar en cuenta que ese informe se emitió sin cumplimiento de los requisitos previstos por el art. 3 del Decreto Ley 14933 de 29 de septiembre de 1977, y sin considerar que CAC, a la que él representaba, cumplió a cabalidad los términos específicamente establecidos entre partes en el contrato sobre conciliación de cuentas con el banco Central de Bolivia respecto a la deuda externa de FANCESA