Auto Supremo AS/0246/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2005

Fecha: 18-Ago-2005

CONSIDERANDO: que en contra del Auto de Vista indicado, interponen recurso de casación en el


CONSIDERANDO: que en contra del Auto de Vista indicado, interponen recurso de casación en el fondo:

Hugo Eduardo Zenteno Ayaviri y Fedor Basily Dorado Careaga, Fiscales de materia de Chuquisaca, en representación del Ministerio Público, mediante memorial de fojas 9.951 a 9.960 (C52), realizando una relación de hechos, transcripción de citas de varios autores referente a la configuración de los tipos penales motivo del juzgamiento y el trata-miento doctrinal, acusando que el tribunal ad quem al dictar el Auto de Vista motivo del recurso habría violado los artículos 132, 335, 150, 20 y 45 del Código Penal, incurriendo en la causal de casación prevista por el artículo 298 inciso1) del Decreto Ley Nº 10426, así como infracción al artículo 244 inciso l ) del Código de Procedimiento Penal, artículos 335 y 20 del Código Penal, por interpretación errónea del artículo 23 del citado cuerpo punitivo, al no haber aplicado el artículo 45 del Código Penal e imponerles a todos los acusados la pena máxima del delito más grave, invocando las causales en los incisos 2), 3), 4) del artículo 298 en aplicación del artículo 307 inciso 3) del Decreto Ley 10426 y última parte del artículo 62 de la Ley de Organización Judicial, solicitando al Tribunal Supremo CASAR el Auto de Vista recurrido e imponer la pena de seis años de reclusión en contra de los cuatro imputados, más 300 días multa equivalente a Bs 10.- por día, costas en favor del Estado y parte civil constituida