Auto Supremo AS/0246/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2005

Fecha: 18-Ago-2005

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, previo requerimiento fiscal de fojas 9


La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, previo requerimiento fiscal de fojas 9.724 de 29 de marzo de 2003, dicta AUTO SUPREMO N° 469 de 23 de septiembre de 2003 cursante de fojas 9.744 a ­9.746 (c51) en aplicación del artículo 296 inciso 1) en relación al artículo 297 inciso 7) del Código de Procedimiento Penal ANULA obrados hasta fojas 9.586 inclusive (c50), disponiendo que la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, de forma inmediata sin esperar turno, proceda nuevamente a sortear la causa que deberá ser resuelta dentro del plazo previsto por el artículo 288 del Código de Procedimiento Penal, debido a que la Sala Penal de la Corte Superior de Chuquisaca, a través del Relator Mario Ortiz Cerezo, el 7 de Mayo de 2002 -último día que tenía para resolver la controversia según el artículo 288 del Código de Procedimiento Penal-, presenta su proyecto de resolución, a partir de ello se suscitan una serie de disidencias entre los dos Vocales habilitados hasta que el 17 de Septiembre de 2002 se convoca al Vocal Fong, que en fecha 28 de Octubre de 2002 pone en consideración de la Vocal Rosquellas los proyectos de resolución, con quien finalmente emiten el Auto de Vista recurrido, que extrañamente lleva fecha de 18 Octubre 2002, esto es, el fallo había sido emitido diez días antes de la convocatoria de los Vocales firmantes del mismo y aproximadamente cinco meses después del vencimiento del plazo hábil para resolución