Auto Supremo AS/0246/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2005

Fecha: 18-Ago-2005

"que el plazo para liquidar las causas con el antiauo sistema, fenece en el plazo


En este estado del proceso, el 11 de enero de 2002 Francisco Javier Santiago Arana, demanda como cuestión previa la PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL por haber durado el proceso a la fecha de la interposición del memorial once años, (fojas 9.548 a 9.553), solicitud que es resuelta mediante AUTO DE VISTA N° 44 de 21 de marzo de 2002, cursante de fojas 9.580 a 9.581 rechazando la excepción planteada, reconociendo el tribunal que la dictó,

"que el plazo para liquidar las causas con el antiauo sistema, fenece en el plazo máximo de cinco años computables a partir del 31 de mayo de 2004 (c50), declarando que a esa fecha aún no ha transcurrido dicho plazo"