Auto Supremo AS/0890/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0890/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

En el octavo motivo referido a que durante la audiencia de juicio, el recurrente interpuso


En el octavo motivo referido a que durante la audiencia de juicio, el recurrente interpuso incidente de exclusión probatoria sobre la prueba MP-20 ofrecida por el Ministerio Público y consistente en un estudio psicológico, por haber vulnerado el procedimiento para su obtención y lo preceptuado por los arts. 204 y ss., rechazada bajo el argumento que no se trata de una prueba pericial, sino simplemente de una documental. Aspecto que denunciado en apelación, fue declarado improcedente con el fundamento de que no fue obtenida como medio pericial, sino que le habría sido remitida al Ministerio Público como informe cursante en una institución, convalidando de esa manera la violación de su derecho a la defensa, dado que lo que correspondía era excluir la prueba cuestionada porque adolece de nulidad. Con relación a lo cual, corresponde señalar que, conforme establece la normativa que regula los medios impugnatorios, para la revisión de cuestiones incidentales resueltas en la tramitación del proceso penal, como sería el “incidente de exclusión probatoria”; se tiene previsto el recurso de apelación incidental, aun cuando el mismo hubiera sido presentado junto con la impugnación restringida y resuelto en el mismo Auto de Vista, mantiene su esencia de cuestión incidental, trámite dentro del cual surge la decisión definitiva a tiempo de dicha resolución, al menos en la vía ordinaria; sin que el recurso de casación sea un medio idóneo para examinar lo resuelto en dicho incidente, estando la competencia del Tribunal Supremo de Justicia delimitada a los casos previstos expresamente por ley, en tal sentido, en definitiva, este motivo resulta inadmisible