DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Artículo 117. (Exenciones).

Artículo 117. (Exenciones). Las exenciones tributarias que se encuentren bajo la potestad de la administración municipal, serán aprobadas mediante Ley Municipal, en estricto cumplimiento de los parámetros técnicos y legales, fundadas en principios de justicia y necesidad social declaradas de interés municipal.