DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Artículo 169. (Infraestructura productiva).

Artículo 169. (Infraestructura productiva). El Gobierno Autónomo Municipal de Santiago de Callapa deberá priorizar la ejecución de proyectos de infraestructura productiva como la construcción de represas, sistema de micro riegos, capacitación en producción para fortalecer y mejorar la economía de las y los pobladores del Municipio para vivir bien.