DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015

Fecha: 05-Nov-2015

Artículo 152. (Cumplimiento Obligatorio de Normas Urbanísticas, Estructurales y del Uso del Suelo).

Artículo 152. (Cumplimiento Obligatorio de Normas Urbanísticas, Estructurales y del Uso del Suelo). Las normas de planeación urbanística de ingeniería y de uso de suelos, subsuelos y sobresuelos, son de cumplimiento obligatorio, estricto, inexcusable y prioritario para las personas individuales o colectivas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, sea cual fuera su naturaleza y características en toda el área urbana y rural del municipio. Su quebrantamiento por parte de las mismas, será pasibles a sanciones administrativa y dará lugar a responsabilidad civil por daños causados a la colectividad.