DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015

Fecha: 05-Nov-2015

parágrafo II

Asimismo, el parágrafo II del presente artículo incurre en una deformación a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado en su art. 7, sobre el sistema y la organización del Estado que define: “La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público”. Sobre una temática similar, la citada DCP 0090/2014 señaló: “Sobre el segundo párrafo se debe observar la primera frase que señala: ‘La soberanía reside en la población…’, contrariando así el art. 7 de la CPE que define: ‘La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público’, desarrollado en la DCP 0009/2013 de 27 de julio, en el siguiente sentido: ‘Esta es una de las características que junto a su vinculación a la soberanía (aprobación mediante referendo, aun así sea de una parcialidad de la población) le otorgan una naturaleza política y jurídica especial, distinta del resto de la normativa nacional clasificada en el parágrafo II del art. 410 de la CPE’.