DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2015

Fecha: 05-Nov-2015

PREÁMBULO

Nosotras y nosotros, los Asambleístas Municipales del valeroso pueblo de Santiago de Callapa, de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz,  representantes de la organizaciones sociales y sociedad civil organizada del Municipio, reunidas y reunidos  en Asamblea Autonómica Municipal, juntos por voluntad soberana, elegidas y elegidos  por nuestras hermanas y hermanos de las comunidades; Guana Grande, Hilata Grande, Chuca, Pujrata, Condo, Condo de la Banda, Yaribay, Calteca, Guana Chico, Callapa, Huayllapanta y Imañuta,  al amparo de los Artículos 275, 284 Parágrafo IV de la Constitución Política del Estado, y los Artículos 53, Parágrafo I, inciso 2, 61 Parágrafo III, de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez, del Estado Plurinacional de Bolivia, nos constituimos para formular y construir  el anteproyecto de la Carta Orgánica del Municipio de  Santiago de Callapa.

La Asamblea Autonómica Municipal de Santiago de Callapa, con el objetivo de Elaborar participativamente el Anteproyecto de Carta Orgánica  Municipal,  ha recogido las diferentes propuestas de las comunidades y las organizaciones vivas del municipio, con la finalidad de que la norma institucional básica  consolide la autonomía en el municipio, transparente la gestión municipal, permita la estructuración de sus órganos de gobierno y el ejercicio de sus  competencias,  que el objetivo a ser alcanzado sea el vivir bien y la mejora de las condiciones de vida  y dignidad de sus pobladores, que las y los habitantes sean provistos de servicios básicos e infraestructura productiva y consolidar el desarrollo integral del municipio, así mismo resguardar y revalorizar el patrimonio cultural, científico y tecnológico.

La norma suprema del ordenamiento jurídico nacional en su artículo 275 instruye a  los órganos deliberativos de las entidades territoriales elaborar de manera participativa el Proyecto de Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción; en cumplimiento de la Constitución Política del Estado, las representantes y los representantes de las organizaciones sociales y  colectivos sociales en general del municipio  y el Concejo Municipal  por determinación de las mujeres y hombres del valeroso pueblo de Santiago de Callapa, reunidos en Asamblea Autonómica Municipal por su voluntad y elección, con el objeto de consolidar la Autonomía Municipal, el Gobierno Autónomo Municipal, estructurar los órganos de gobierno, sus atribuciones, reafirmar la unidad del Estado Plurinacional de Bolivia, impulsar el desarrollo productivo y humano,  promover  el vivir bien (suma qamaña), implementar la infraestructura educativa, de salud y deportes, promover la  cultura y el turismo y proveer de servicios básicos a los pobladores del municipio por mandato del pueblo, invocando la protección del Creador y apelando a la conciencia del soberano,  construimos participativamente el proyecto de Carta Orgánica del  Municipio de Santiago de Callapa.