DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015

Fecha: 05-Mar-2015

inc. h) del parágrafo V

Respecto al inc. h) del parágrafo V, el art. 298 de la CPE, establece: “I. Son competencias privativas del nivel central del Estado: 17. Política general sobre tierras y territorio, y su titulación.; II. Son competencias exclusivas del nivel central del Estado: 38. Régimen de la tierra. La ley determinará las facultades a ser transferidas o delegadas a las autonomías.