DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015

Fecha: 05-Mar-2015

parágrafo II

Con relación al parágrafo II, de una atenta lectura del texto se advierte que los PIOC’s (Weenhayek y Guaraníes), fueron excluidos de la primera parte de la redacción; es decir, de la población de Yacuiba o yacuibeños cuando ambiguamente señala: “Las bolivianas y bolivianos que nacieron y quienes viven, hombres y mujeres en el municipio autónomo de Yacuiba, constituyen la población de Yacuiba, identificados como Yacuibeños (as)”; en tanto que los PIOC’s, si son considerados como población de segundo u otro nivel sociocultural o de otra unidad territorial, al señalar: “…y los pueblos indígena originarios, Weenhayek y guaraníes, que habitan desde la margen derecha del río Pilcomayo, con su historia, ancestros, tradiciones, cultura e identidad propia…”.

Por otro lado, el texto referido a los PIOC's Weenhayek y Guaraníes desnaturaliza la definición de NPIOC’s y vulnera los derechos establecidos en el art. 30 de la CPE, que textualmente señala: “I. Es nación y pueblo indígena originario campesino toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española. II.

En el marco de la unidad del Estado y de acuerdo con esta Constitución las naciones y pueblos indígena originario campesinos gozan de los siguientes derechos: (…) 5. A que sus instituciones sean parte de la estructura general del Estado. (…) 14. Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión. (…) 18. A la participación en los órganos e instituciones del Estado…”.

Por otro lado, cuando señala: “donde viven e interactúan la pluriculturalidad del país” regula para el nivel central y desnaturaliza lo dispuesto en el art. 1 de la Norma Suprema, que dispone: “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”.