DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015

Fecha: 05-Mar-2015

numeral 7 del parágrafo I

En cuanto al numeral 7 del parágrafo I, el texto es muy genérico porque no especifica la materia “penal”, lo cual deriva en inseguridad jurídica; además este numeral no se adecúa a las previsiones establecidas en la norma fundamental art. 286 que no establece como causal de cesación, en tanto que los arts. 170 y 157 de la CPE, aplicables por abstracción establecen como causal de cesación Sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales.