DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015

Fecha: 05-Mar-2015

numeral 19 del art. 60

En relación al numeral 19 del art. 60, si bien la elaboración de planes de ordenamiento territorial y de uso de suelos, por mandato del art. 302.I.6. constitucional es competencia de los Gobiernos Municipales Autónomos, el texto que se analiza no contempla la previsión de coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales e indígenas, lo cual resulta vulneratorio de la normativa constitucional citada.