DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2015

Fecha: 05-Mar-2015

incompatibilidad

De donde se advierte que la carta orgánica no es el instrumento idóneo para establecer nuevas causales para la cesación y/o modificar las establecidas por la norma fundamental, en razón a ello, se dispone la incompatibilidad de los numerales 5, 6, 7, y 8 del art. 35.I y II del proyecto de Carta Orgánica.