DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

2.

2. No discriminar a ninguna persona por su edad, discapacidad, color de piel, sexo, género, condición de salud, estado civil, pertenencia étnica, cultural, religiosa, política, nacionalidad y otros establecidos por la Ley, debiendo al contrario luchar contra toda forma de discriminación expresa o larvada.

Para el análisis de las observaciones previstas es necesario recurrir a la normativa vigente y la línea jurisprudencial establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, en ese sentido el art. 297.I.2 de la CPE señala lo siguiente: Las competencias definidas en esta Constitución son: (…) 2) Exclusivas, aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una determinada materia las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas”.

a) Por iniciativa de la ciudadanía local, organizaciones sociales, Alcalde o Alcaldesa, Concejalas, Concejales o el Concejo Municipal se pondrá a consideración del Pleno del Concejo Municipal la propuesta de ley de necesidad de Reforma total de la Carta Orgánica, misma que deberá contemplar la conformación de una Asamblea Autonómica Municipal, con una representación local mínimamente similar a la que elaboró la presente Carta Orgánica.

b) Por iniciativa de la ciudadanía local, organizaciones sociales, Alcalde o Alcaldesa, Concejalas, Concejales o el Concejo Municipal se pondrá a consideración del Pleno del Concejo Municipal la propuesta de ley de necesidad de Reforma total de la Carta Orgánica, misma que deberá contemplar la conformación de una Asamblea Autonómica Municipal, con una representación local mínimamente similar a la que elaboró la presente Carta Orgánica.

c)  La Asamblea Autonómica Municipal elaborará el anteproyecto de la nueva Carta Orgánica con la participación de las bases, instituciones y organizaciones representadas en la misma y por las no representadas en ella, de acuerdo a un reglamento que garantizará un diagnóstico participativo de la autonomía municipal, la generación participativa de propuestas para la nueva Carta Orgánica, la redacción del anteproyecto de Carta Orgánica, la revisión, concertación y maduración participativa del anteproyecto de la Carta Orgánica y su aprobación y entrega al Concejo Municipal.