DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 23.

I.   El Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” podrá constituir la Guardia Municipal para coadyuvar en el cumplimiento de las normas municipales, en el marco del ejercicio y ejecución de las competencias municipales, dentro la jurisdicción territorial del Municipio, debiéndose asignar recursos para su funcionamiento.

II. La Guardia Municipal ejercerá sus funciones de manera integral, indivisible y bajo mando único y directo del Alcalde o Alcaldesa o a través de una de sus autoridades jerárquicas. La composición, estructura, funciones, responsabilidades y demás aspectos del funcionamiento de la Guardia Municipal estarán establecidos por Ley Municipal, debiendo reglamentarse, bajo las siguientes obligaciones: