DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 69.

I. El Gobierno Autónomo Municipal garantizará el cumplimiento de los derechos humanos de todas las personas infantes, niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultos, adultos mayores, mujeres, varones, personas pertenecientes a la orientaciones sexuales e identidad de género diversas, personas con discapacidad y otros, priorizando la defensoría de la niñez y adolescencia, de la mujer, de la familia, de los adultos mayores y de las personas con discapacidad, para lo cual asignará la infraestructura y el presupuesto necesario para garantizar los recursos humanos, físicos, técnicos y económicos necesarios y adecuados para la defensa integral de tales derechos, mediante un servicio de defensorías, generando un servicio especializado para cada sector mencionado. Éste estará desconcentrado en puntos estratégicos del territorio municipal, de acuerdo a la capacidad institucional y financiera del Gobierno Autónomo Municipal, dotando de una atención multidisciplinaria, ágil, oportuna, eficiente con calidad profesional y calidez humana. Como parte del servicio de defensorías, el órgano ejecutivo implementará centros de acogida temporal equipados y con personal idóneo y necesario para la protección de la población que se encuentre en situación de riesgo.

II. El servicio de defensorías de los derechos humanos, tendrá equipos multidisciplinarios calificados, tanto profesional como humanamente, en el área de atención y prevención, debiendo además coordinar con todas las instancias judiciales y policiales para una gestión integral, gestionando el cumplimiento de sus funciones de manera efectiva, ágil y oportuna y haciendo seguimiento a los casos hasta su resolución.