DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 42.

El Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito”, de manera participativa, jerarquiza el conjunto de necesidades de desarrollo integral, identificadas en sus diagnósticos situacionales y evaluaciones, para su incorporación en la planificación a largo, mediano y corto plazo, organizándolas de acuerdo a niveles de prioridad. La planificación a mediano y corto plazo garantizará la priorización de los proyectos orientados a la satisfacción de las necesidades de primer nivel en todo el Municipio, para poner en segundo lugar de priorización las necesidades de segundo nivel y consecutivamente, las demás necesidades. La Ley Municipal de Planificación especificará los temas y acciones que comprenderá cada uno de los niveles de priorización de necesidades, debiendo su reglamentación establecer los mecanismos de aplicación.