DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 30.

I. La elección del Alcalde o Alcaldesa de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” se efectuará en la jurisdicción única del Municipio mediante sufragio universal, por simple mayoría de votos. Siendo un solo cargo elegible para Alcaldesa o Alcalde, la forma de elección garantizará la igualdad de oportunidades para varones y mujeres.

II. Toda candidata o candidato a Alcalde o Alcaldesa deberá presentar y socializar claramente su plan integral de gobierno, el cual contemplará las acciones de solución a los problemas de desarrollo, de gestión y de gobierno identificados en los diagnósticos oficiales del Municipio, que pretende realizar en los cinco años de gestión, enmarcándose en las competencias municipales y la viabilidad de las mismas.