DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 72.

I.   El Gobierno Autónomo Municipal, planificará y regularizará en coordinación técnica con los otros niveles de Gobierno, el uso del suelo en su territorio; considerando las proyecciones de crecimiento urbano y desarrollo territorial a corto, mediano y largo plazo. Se hará uso del suelo respetando los derechos de la Madre Tierra en cuanto a áreas verdes, forestales, protegidas y ecosistemas; del derecho al desarrollo económico, en cuanto a áreas de producción agropecuaria e industrial y de los derechos sociales en cuanto a vivienda.

II. El ordenamiento territorial se hará identificando los puntos estratégicos para la construcción de la nueva infraestructura pública para que la población pueda obtener acceso territorial a los espacios y servicios públicos y privados, y la protección de los pulmones ecológicos, los ecosistemas y la biodiversidad.

III. En el crecimiento urbano, se promoverá la expansión urbana vertical en lugar de la horizontal, para garantizar la protección de las áreas productivas, verdes, forestales y los ecosistemas naturales del Municipio. El plan regulador establecerá las delimitaciones de tales áreas y las normas urbanísticas, en el marco de la competencia municipal.