DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 5.

I. Las personas habitantes, residentes y visitantes del territorio de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” tienen derecho a que el Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito”, en el ámbito de sus competencias, les garantice la igualdad de oportunidades para la mejora efectiva de su calidad de vida, generando accesibilidad a todos los servicios públicos en términos de calidad y calidez, en función a las necesidades de las personas por su condición de infante, niño, niña, adolecente, joven, adulto, adulto mayor, persona con discapacidad, mujer, varón, persona perteneciente a orientaciones sexuales e identidades de género diversas, persona perteneciente a los pueblos y naciones indígenas originarios campesinos o minoritarios y personas minusválidas por salud, en el marco de la dignidad, la justicia social y ecológica, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito”  garantizar, promover, proteger y defender tales derechos, sin discriminación de ninguna naturaleza.

2.    No discriminar a ninguna persona por su edad, discapacidad, color de piel, sexo, género, condición de salud, estado civil, pertenencia étnica, cultural, religiosa, política, nacionalidad y otros establecidos por la Ley, debiendo al contrario luchar contra toda forma de discriminación expresa o larvada.