DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 49.

I. La gestión del Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” estará financiada por los ingresos municipales tributarios y no tributarios, por las transferencias del nivel central del Estado o de otras entidades territoriales autónomas al Municipio, así como por las donaciones, créditos y beneficios no monetarios adquiridos  para brindar bienes y servicios a la población.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” podrá acceder a créditos y endeudamiento público nacional e internacional, previa determinación de necesidad de financiamiento para el desarrollo público o institucional del Municipio y previa determinación de la capacidad de endeudamiento.

IV.   El Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” mediante ley y otras normas municipales, en función a las normas correspondientes del Gobierno central establecerá sus instancias y autoridades responsables del manejo financiero, creándose entre ellas la Tesorería Municipal.

V.     La distribución de recursos financieros para el desarrollo integral en el Municipio de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” se hará en base a criterios de equidad social, priorizando las necesidades orientadas a erradicar la pobreza y la exclusión social y económica para alcanzar el vivir bien, según jerarquía de necesidades en una escala que abarque de lo más básico a lo menos importante, criterio que será definido participativamente mediante la Ley Municipal de Distribución de Recursos Financieros.