DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

II.

Como se puede observar el art. 205 de la Norma Suprema establece la estructura institucional del órgano electoral plurinacional, además de las generalidades sobre su funcionamiento previstas en la Ley fundamental y la ley; por lo que esta disposición, no establece nada en lo concerniente a la institucionalidad de la autonomía municipal; en ese entendido, no corresponde señalar un artículo de la constitución que no guarde relación desde ningún punto de vista con el ejercicio de la autonomía.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” podrá acceder a créditos y endeudamiento público nacional e internacional, previa determinación de necesidad de financiamiento para el desarrollo público o institucional del Municipio y previa determinación de la capacidad de endeudamiento.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Villa José Quintín Mendoza “San Benito” en su sistema de ordenamiento jurídico tendrá como su máxima norma básica a la Carta Orgánica, teniendo ésta primacía frente a cualquier otra disposición normativa municipal. Los dos órganos de gobierno emitirán los siguientes instrumentos normativos: