DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2017

Fecha: 21-Ago-2017

Artículo 37.

I.   Para garantizar la participación social efectiva, el Gobierno Autónomo Municipal, mediante la norma que corresponda, establecerá los espacios de toma de decisiones participativas necesarias, generales y por temáticas, con periodicidad establecida, conforme manda el Art. 241 parágrafo VI de la Constitución y el Art. 139 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.

II. En el marco de la inclusión social, se deberá garantizar la participación social de la niñez, adolescencia, juventud, adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres y demás sectores que por principio de equidad social podrán participar, debiendo el Gobierno Autónomo Municipal poner a conocimiento general y específico de las convocatorias para tales espacios participativos.

III. La participación social en el Municipio será efectiva, el cual implicará garantizar la participación de la sociedad civil organizada en las tomas de decisión sobre las políticas públicas municipales, expresadas en las leyes, reglamentos y planes de gestión sobre el desarrollo integral y sectorial.