DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Artículo 101. (Conceptos)

Participación y Control Social: La participación es un derecho, condición y fundamento de la democracia, que se ejerce de forma individual o colectiva, directamente o mediante sus representaciones; en la conformación de los órganos del Estado, en el diseño y formulación de políticas públicas, en la construcción colectiva de leyes, y con; Independencia en la toma de decisiones.

El Control Social es un derecho constitucional de carácter participativo, con fuerza de Exigibilidad mediante el cual todo actor social supervisará y evaluará la ejecución de la Gestión Estatal, el manejo debido y probo de los recursos económicos, materiales, humanos, de la Madre Tierra y la calidad de los servicios públicos, como autorregulación del orden social.