DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2017

Fecha: 25-Sep-2017

declarar la incompatibilidad constitucional del término ‘…étnica…’, inserta en el texto del parágrafo IV del art. 20 del proyecto

En ese marco constitucional, se puede identificar que Bolivia se constituye como Estado Plurinacional en el cual se garantiza y se reconoce a las NPIOC, que existen con anterioridad a la invasión o colonización y que constituyen una unidad sociopolítica, históricamente desarrollada, con organización, cultura, instituciones, derecho, ritualidad, religión, idioma y otras características comunes e integradas, de acuerdo a lo establecido en los arts. 2, 30.I y 32 de la CPE, de esta manera, se ha modificado el término «etnia», establecida en el art. 1 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg) con el cual anteriormente se identificaba a estas naciones y pueblos, con la finalidad de integrarlos e incorporarlos en el nuevo modelo y estructura del Estado boliviano, con la finalidad de originar una unidad que permita el resguardo y consolidación de sus derechos, materializando su inclusión y la construcción de la plurinacionalidad’. Como se advierte, el término ‘etnia’ ha sido superado por la denominación naciones y pueblos indígena originario campesinos; consiguientemente, en el presente caso, corresponde declarar la incompatibilidad constitucional del término ‘…étnica…’, inserta en el texto del parágrafo IV del art. 20 del proyecto en análisis” (las negrillas pertenecen al texto original).